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Reglamento Provincial de Formativas 2018

Presentamos el Reglamento para el Torneo Provincial de Formativas 2018

CAPÍTULO I: CREACIÓN Y AUTORIDADES DE LA COMPETENCIA

  • Con la denominación “Torneo Provincial de Básquetbol” se disputarán anualmente competencias de las categorías Preinfantiles (U13), Infantiles (U15), Cadetes (U17) y Juveniles (U19), en todo el territorio de la Provincia del Chaco, bajo la organización de la Federación Chaqueña de Básquetbol y se regirán por el presente reglamento.
  • En el “Torneo Provincial” podrán participar Clubes pertenecientes a cada Asociación afiliada a la Federación Chaqueña de Básquetbol; como así otros que se afilien en forma directa a la Federación Chaqueña. La cantidad de participantes por cada Asociación será establecida anualmente por el Consejo Directivo de la Federación, con los clubes  que practiquen el baloncesto dentro del ámbito físico descripto en el Artículo 1° y que cumplimenten los requisitos exigidos en el presente Reglamento.
  • Los Clubes clasificados Primero y Segundo de cada categoría obtendrán el título de Campeón y Subcampeón, respectivamente, del “Torneo Provincial de Clubes” y tendrán derecho a representar a la Provincia del Chaco en los torneos regionales y/o nacionales. Cuando alguno de ellos desistiera de actuar en dichas instancias, se invitará a los demás Clubes que compitieron, dándoles prioridad de participación por orden de clasificación.
  • El Consejo Directivo de la Federación Chaqueña de Básquetbol administrará los torneos, resolverá en primera instancia todas las cuestiones que se susciten en el mismo y cursará en forma directa todas las notificaciones necesarias.
  • La Comisión Técnica de la Federación Chaqueña de Básquetbol será la encargada de realizar la programación de encuentros y las designaciones de las autoridades (Árbitros y Comisionados Técnicos) para los partidos del “Torneo Provincial de Clubes”.
  • El Tribunal de Disciplina de la Federación Chaqueña de Básquetbol actuará en todo lo relacionado con la disputa del “Torneo Provincial de Clubes” y se ajustará a lo previsto en el Código de Penas y/o en el Código de Procedimientos de la Confederación Argentina de Básquetbol para esa instancia.

CAPÍTULO II: REQUISITOS DE INSCRIPCION Y RENUNCIA.

  • Los Clubes en el acto de inscripción ante la Federación Chaqueña de Básquetbol deberán cumplimentar los siguientes requisitos:
    1. Estar afiliado a una Asociación de Básquetbol y/o a la Federación Chaqueña.
    2. Presentar la solicitud de inscripción donde conste, con carácter de Declaración Jurada, que se conoce el presente reglamento y se le dará fiel cumplimiento, constitución del domicilio legal y consignación de número de teléfono, número de  fax  y/o dirección de correo electrónico.
    3. Presentar el/los avales que determinen las autoridades de la Federación Chaqueña de Básquetbol en tiempo y forma.
    4. Presentar Lista de Buena Fe en las condiciones del artículo 12° incisos a) hasta i) del presente reglamento, avalados por la Asociación de origen.
    5. Informar la cancha en la que actuarán como locales y que reúna los requisitos exigidos en los artículos 18°, 19° y 20° de este Reglamento y consignar la dirección de un estadio alternativo, el que también deberá reunir las condiciones de los mencionados artículos.
    6. Si no es propietario del Estadio, deberá dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo 20° del presente reglamento.
    7. Abonar en tiempo y forma los aranceles que determinen las autoridades de la Federación Chaqueña de Básquetbol.
  • Las instituciones podrán renunciar a su participación hasta antes de las 72 (setenta y dos) horas del inicio del “Torneo Provincial de Clubes”, por medio fehaciente, perdiendo todo derecho adquirido hasta el momento y/o cualquier monto que hubiere abonado en todo concepto.

CAPITULO III: CATEGORIAS, ZONAS Y DESARROLLO DE LA COMPETENCIA.

  • El Consejo Directivo de la Federación Chaqueña de Básquetbol dispondrá anualmente la forma de disputa del “Torneo Provincial de Clubes”, la que se incorporará como Anexos del presente Reglamento.
  • Se considerará “Torneo”, al lapso de tiempo comprendido entre el primer partido de la primera fecha de la primera fase y el último partido de la serie final del “Torneo Provincial de Clubes”.

CAPITULO IV: EQUIPOS Y DELEGACIONES.

  • Los Clubes inscriptos para participar del “Torneo Provincial”, presentarán antes de su vencimiento y en la sede de la Federación Chaqueña de Básquetbol una Lista de Buena Fe por cada categoría con jugadores debidamente registrados para el Club por la Asociación de su jurisdicción, no admitiéndose refuerzos ni inscripciones provisorias de jugadores.
  • Las Listas de Buena Fe se confeccionarán y presentarán ajustándose en todo a las siguientes prescripciones:
    1. Deberán tener la composición que se determinen para las respectivas categorías, a saber:

Categoría U19 (Juveniles): Mínimo 5 (Cinco) jugadores.

Categoría U17 (Cadetes): Mínimo 5 (Cinco) jugadores.

Categoría U15 (Infantiles): Mínimo 10 (Diez) jugadores.

Categoría U13 (Preinfantiles): Mínimo 10 (Diez) jugadores.

  1. Para cada jugador se consignará nombre y apellido, fecha de nacimiento y número de Documento Nacional de Identidad (DNI); se adjuntará fotocopia del respectivo DNI. Para entrenadores y asistentes, nombre y apellido, fecha de nacimiento, número de documento y número de carnet ENEBA actualizado.
  2. El vencimiento para la presentación de las Listas de Buena Fe es improrrogable.
  3. La presentación de las Listas de Buena Fe deberán realizarse en el tiempo y la forma que establece el presente reglamento. Se entiende por presentación en tiempo la recepción efectiva de las mismas por secretaria de la Federación Chaqueña de Básquetbol.
  4. Se podrán considerar adelantos realizados por Fax y/o correo electrónico dentro del plazo de vencimiento, debiendo los originales remitirse a posterior a la secretaría de la FEDERACION CHAQUEÑA DE BASQUETBOL dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas hábiles; los que deberá ser totalmente coincidente con aquel que ingresó con anterioridad. La no coincidencia entre lo adelantado y los originales, será analizado por el Consejo Directivo, quien podrá disponer en forma inapelable la baja de los jugadores que no se ajusten a la información anticipada. La falta de cumplimiento de cualquiera de las formalidades determinadas será sancionada con hasta la suma de $ 1.000,00 (Pesos: Un Mil) de multa, sin perjuicio de otras sanciones previstas en el presente reglamento y en el Código de Penas. La no recepción de las listas de Buena Fe en los términos previstos precedentemente, originará la automática baja del club infractor.
  5. El Club deberá acreditar a través de los Pases realizados, la titularidad de los jugadores y asumir la responsabilidad ante la FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL respecto a que todos los jugadores que incluye se encuentran registrados para su institución en la Asociación en la que militan, la que avalará y/o certificará a tal efecto, las respectivas Listas de Buena Fe. La eventual demostración de la inclusión de un jugador con Pase no realizado o realizado después de la fecha de cierre de la presentación de las Listas de Buena Fe, lo hará pasible de las sanciones previstas en el Código de Penas y en el presente Reglamento.
  6. La FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL, si así lo considere, extenderá a cada jugador que se encuentre reglamentariamente inserto en el Programa FIBA Organizer, una credencial habilitante. El Documento Nacional de Identidad, Cédula de Policía Federal y/o Pasaporte, y el carnet FIBA Organizer, serán los únicos documentos válidos para disputar un encuentro, los que deberán ser presentados ante las autoridades de la Mesa de Control constituidas.
  7. Ningún jugador podrá actuar durante el mismo torneo en más de un club.
  8. Nuevas incorporaciones (Pases) podrán efectuarse únicamente hasta antes de la disputa del último encuentro de la Fase Regular y/o Primera Fase del Torneo; quedando esta nueva incorporación con la obligatoriedad de disputar al menos un (1) encuentro de dicha Fase.
  • Definición de Edades. Categoría Preinfantiles (U-13): 13 años. Categoría Infantiles (U-15): 14-15 años. Categoría Cadetes (U-17): 16-17 años. Categoría Juveniles (U-19): 18-19 años. En todos los casos, cumplidos al 31 de diciembre del año de la competencia.
  • Todos los jugadores incluidos en las Listas de Buena Fe deberán estar registrados en la FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL. Al momento de la presentación de ésta, deberán tener sus pases terminados y estar habilitados automáticamente en la misma fecha para participar de la competencia. No podrán incluirse jugadores que, una vez iniciado el torneo y durante el mismo, cumplan los ciento veinte (120) días de su último pase.
  • La delegación oficial de cada club deberá estar integrada por un máximo de quince (15) personas.
  • Tanto en la Planilla Oficial de Juego como en cancha, para la Categoría U13 (Preinfantiles) el mínimo de jugadores en condiciones de comenzar el partido será de seis (6); mientras que para la Categoría U15 (Infantiles) el mínimo será de ocho (8) jugadores de la categoría; para la Categoría U17 (Cadetes) será de cinco (5) jugadores de la categoría; y para la Categoría U19 (Juveniles) el mínimo será de cuatro (4) jugadores de la categoría en condiciones de actuar.
  • La falta de cumplimiento de lo estipulado en el Artículos 16° del presente reglamento por parte de un Club será sancionada con la pérdida de puntos y una multa de $ 5.000,00 (Pesos: Cinco Mil) que deberá abonar a la FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL; además, el equipo en cuestión será dado de baja por el resto del certamen.

CAPITULO V: DE LOS ESTADIOS Y ELEMENTOS DE JUEGO

  • Los Clubes en el acto de inscripción deberán designar las canchas en las que actuarán como locales, las que reunirán las siguientes condiciones:
    1. Tableros de vidrio o similar, más uno de repuesto. Al Club que no cuente con el tablero de repuesto, anta la eventual rotura del tablero existente, provocando ello la suspensión momentánea del juego, deberá trasladar su compromiso al estadio alternativo informado oportunamente, dentro de la misma jornada programada y en un tiempo prudencial para que ello ocurra. En los casos que, habiéndose realizado un reemplazo por rotura, se vuelva a romper el cristal, y el club no disponga de otro, se aplicará el mismo sistema descripto anteriormente. Si el estadio alternativo estuviere ocupado con cualquier actividad, el Club Local perderá los puntos en juego y deberá abonar la multa establecida en el Artículo 17°; además de los gastos que originaron la suspensión de dicho encuentro y la pena estipulada.
    2. Señal luminosa indicadora de la expiración de los períodos de juego y 24 segundos. La misma deberá estar ubicada detrás de cada uno de los tableros de juego, en el centro longitudinal del mismo, en el medio de la distancia entre el borde superior del tablero y la línea superior del rectángulo de referencia de lanzamiento y a 30 cm. Hacia atrás del cristal.
    3. Reloj de 24 segundos. Las entidades deberán contar obligatoriamente con un Reloj Manual Auxiliar. El reloj deberá contar con una chicharra o bocina lo suficientemente sonora que accione automáticamente al terminar el tiempo de posesión. El Árbitro no iniciará el partido si no funciona reglamentariamente el reloj de 24 segundos, con sus visores correspondiente. El primer árbitro consultará al club local si opta por reparar el desperfecto o pasar a la cancha alterna. Si decide por la primera opción, le concederá un plazo máximo de una hora para concretarla y, en su defecto suspenderá el partido. En caso de decidirla segunda opción el primer arbitro determinará la hora de iniciación del juego luego de evaluar los tiempos que demande el traslado de escenario. El no funcionamiento del reloj de 24 segundos (en la cancha oficial y alterna) antes de iniciar un juego determinará la suspensión del partido y la pérdida de puntos. Si el estadio alternativo estuviere ocupado con cualquier actividad, el Club Local perderá los puntos en juego y deberá abonar la multa establecida en el Artículo 17°; además de los gastos que originaron la suspensión de dicho encuentro.
    4. Reloj de 14 segundos. Ante la modificación en las Reglas de Juego en la Temporada 2014, de aplicación con el inicio de la presente Temporada Deportiva 2015, en lo referente directamente al 29º – Veinticuatro Segundos de las Reglas, se deberán modificar o reacondicionar las consolas de los relojes de 24 segundos (Titular y Alternativo), para que los mismos antes determinadas situaciones en el juego se deban resetear automáticamente a 14 segundos, para continuar el juego.
    5. Canchas de medidas reglamentarias, marcadas conforme con las Reglas Oficiales de juego vigentes.
    6. Baranda perimetral fija que divida el público del lugar de juego.
    7. Los equipos que protagonicen un encuentro, deberán tener vestimenta (camisetas y pantalones) de colores y modelos uniformes, aplicándose la reglamentación CABB para los colores de camisetas; es decir, el equipo Local con camisetas de color OSCURO y el equipo Visitante con camisetas de color CLARO, sin que ello signifique que ambos deban cambiarse si al momento de un juego poseen a la inversa. Sí debe aplicarse en caso de que ambos concurran a un compromiso con camisetas del mismo color o similares.
    8. Se deberá disponer de Tanteador visible y Reloj electrónico visible para jugadores, público y Mesa de control con las siguientes exigencias:
      • El reloj accionará en forma regresiva.
      • El reloj deberá tener indicador digital
      • El reloj deberá accionar automáticamente una bocina suficientemente sonora de finalización de tiempo de juego. La FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL podrá disponer que sean reemplazados aquellos relojes que no reúnan las exigencias, dentro de los 7 (siete) días de observada la deficiencia.
    9. Deberá disponer de una varilla rígida –de cualquier material- de una longitud de 3,05 metros, la que estará a disposición de las autoridades del encuentro cuando así lo dispongan y a su sola solicitud.
    10. El incumplimiento de alguna de estas disposiciones será resuelto por Tribunal de Penas de acuerdo al informe de los árbitros del partido y de la reglamentación vigente.
  • La FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL supervisará todos los escenarios de juego. La visita será anunciada a cada club con anticipación y éste deberá designar un responsable que asistirá al Representante de la FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL en el momento de la verificación. A tal efecto deberán estar disponibles los elementos necesarios para la comprobación de las medidas del campo de juego y altura de los aros y en funcionamiento los relojes de juego y de 24 segundos, incluido el de repuesto. Serán inspeccionados los vestuarios asignados al equipo visitante. Las deficiencias observadas podrán determinar la no habilitación de la cancha. Es facultad del Consejo Directivo de la Federación Chaqueña de Básquetbol la suspensión de la habilitación por deficiencias que se observen durante el desarrollo del Torneo.
  • Si el club no es propietario del Estadio donde actuará como local o del alternativo, deberá presentar un convenio suscripto por el propietario, por el cual este cede sus instalaciones por todo el tiempo que dure el torneo.
  • El Club local deberá disponer de una persona que actúa como INTENDENTE DE CANCHA, el que deberá estar presente desde una hora antes del inicio de los partidos y hasta treinta minutos después de la finalización de los mismos, actuando bajo las ordenes del Comisionado Técnico y/o de los Jueces, proveyendo los materiales y elementos necesarios y corrigiendo cualquier desperfecto en las instalaciones.
  • : Las sanciones aplicadas por el Tribunal de Disciplina, consistentes en CLAUSURA DE CANCHA en su condición de local, por transgresiones originadas en partidos de el Torneo Provincial, serán cumplidas por los Clubes sancionados en una cancha neutral habilitada a una distancia mínima de 25 Km; y en los casos que así lo establezca el Código de Penas.

CAPITULO VI: DE LOS RECURSOS, DE LOS GASTOS DE LOS ARANCELES

  • El Club local percibirá el total de la recaudación cualquiera sea el concepto (entradas generales, plateas, abonos, donaciones, etc.) siendo responsable del pago de aranceles, gastos y toda otra erogación que se origine por la realización de los partidos.
  • El Club Local deberá abonar los gastos de traslados, dietas (viáticos) y aranceles de los Jueces y el Comisionado Técnico.
  • El Club visitante es responsable del pago de todos sus gastos de viaje, que se originen con motivo de los partidos.
  • Los aranceles se fijarán de común acuerdo para cada temporada y deberán ser abonados en el entretiempo del partido o a la finalización del mismo por el club responsable.

CAPITULO VII: DEL COMISIONADO TÉCNICO, JUECES Y AUTORIDADES DEL PARTIDO

  • La FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL designará Comisionado Técnico para los partidos que así lo estime, quien actuará como autoridad contralor del encuentro y presidirá la Mesa de Control.
  • El Comisionado Técnico, en lo posible deberá ser residente en la ciudad sede del club local y actuará en forma permanente como agente natural de la FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL. El club local será el responsable del pago de los gastos de traslado, dieta y arancel del mismo.
  • Para el supuesto caso de ausencia del Comisionado Técnico, el Juez del partido deberá designar reemplazante o determinará si se cubre o no ese puesto.
  • El Comisionado Técnico será responsable de recibir en la localidad a los Jueces y atender sus necesidades antes de cada juego, evitando contactos con los representantes de los Clubes. A la finalización del cotejo, deberá colaborar con los mismos facilitando su traslado. Sin perjuicio de las otras obligaciones que prevé este Reglamento, el Comisionado Técnico es responsable del cumplimiento de lo establecido y de verificar alguna anormalidad al respecto, notificará antes de comenzar el juego al Director Técnico que corresponda la trasgresión que observe. De no modificarse la situación informará a la FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL, en la forma de estilo.
  • La FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL a través de su Comisión Técnica designará para todos los partidos de este torneo (2) dos Árbitros que mantengan actualizadas sus licencias, quienes deberán contactarse con el Comisionado Técnico con la debida antelación a al fijada para la disputa de los encuentro y si así no sucediera, este se contactara con la Comisión Técnica, quien dispondrá la forma de suplir a los mismo. Asimismo, posteriormente informará de lo acontecido a la Comisión Técnica de la FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL. Los Árbitros deberán presentarse en el club local, uniformados para el juego, treinta minutos antes del inicio del partido.
  • En caso de ausencia no reemplazada de ambos Árbitros, se intentará reprogramar el partido para el día siguiente. La FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL asumirá los mayores costos que le ocasione al club visitante, la reprogramación del encuentro.
  • Si se hiciera presente uno solo de los Árbitros designados, el encuentro será disputado y arbitrado únicamente por el mismo, no estando autorizado para incorporar a ningún otro Árbitro para que lo asista.
  • Cuando así lo disponga, la FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL designará un Árbitro suplente que reemplazará al eventual ausente o imposibilitado de dirigir o continuar dirigiendo el encuentro. En el caso de no actuar durante el encuentro que fue designado como suplente, el Árbitro percibirá el reintegro de los gastos que incurrió.
  • La FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL fijará el arancel para Árbitros y Comisionados Técnicos, como así también el sistema de liquidación de los gastos que la actuación de los mismos origine.
  • Tanto el Comisionado Técnico como los Árbitros percibirán el pago de sus gastos mediante la entrega de los correspondiente comprobantes justificativos de las erogaciones, siendo el primero de los nombrados el encargado de gestionar el cobro de los mismos, hacer firmar los recibos a los árbitros y reintegrarlos al club. El Alojamiento del Comisionado Técnico y de los Árbitros será responsabilidad del Club local.
  • Los Auxiliares de Mesa deberán ser mayores de dieciocho (18) años y serán propuestos por sus respectivos Clubes para ser habilitados de acuerdo al sistema que dispondrá la FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL, la cual les proveerá la credencial correspondiente. El club local proveerá Auxiliares de Mesa para cada partido, teniendo en cuenta que:
    1. Si el club visitante presenta su Auxiliar de Mesa habilitado, este tendrá derecho de actuar como apuntador, en cuyo caso el designado por el local podrá cumplir funciones de Asistente de Apuntador.
    2. En el caso de que no sean provistos él o los Auxiliares de Mesa, el Comisionado Técnico esta autorizado a integrar la Mesa con quien considere capacitados, quedando todo bajo la determinación final del Juez del partido.

CAPITULO VIII: DE LOS PARTIDOS. PUNTAJE, PROTESTAS.

  • Los puntos en disputa se adjudicarán en un todo conforme lo determinado en las Reglas de Juego (Comentarios: “Clasificación de Equipos”). Para desempatar las posiciones igualadas se utilizará el sistema que se transcribe a continuación: Clasificación de Equipos: La clasificación de los equipos en cada grupo de un torneo se hará por puntos de conformidad con sus resultado de victorias o derrotas, adjudicando (2) dos puntos por cada partido ganado, (1) un punto por cada partido perdido y (0) cero punto por cada encuentro perdido por incumplimiento. Si al final de una competencias algunos equipos están igualados con el mismo número de puntos, se empleará el siguiente método para terminar la clasificación:
    1. Si dos (2) o más equipos tienen el mismo registro de victorias y derrotas en todos los partidos del grupo, los partidos disputados entre estos 2 o más equipos decidirán la clasificación. Si 2 o más equipos tienen el mismo registro de victorias y derrotas en los partidos disputados entre ellos, se aplicarán estos criterios y en este orden:
  • Mayor diferencia de goles en los partidos disputados entre ellos.
  • Mayor número de goles conseguidos en los partidos disputados entre ellos.
  • Mayor diferencia de goles en todos los partidos del grupo.
  • Mayor número de goles en todos los partidos del grupo.

Si estos criterios siguen sin decidir la clasificación, ésta se decidirá mediante un sorteo.

  1. En los desempates, el club que hubiera perdido algún partido por no presentación en la Fase regular, estará automáticamente en inferior ubicación con respecto a los demás equipos igualados en una misma posición.
  • Las planillas oficiales de juego original, serán enviadas a la sede de la FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL por el Comisionado Técnico y/o Arbitro actuante, dentro del primer día hábil siguiente al partido por el medio más rápido y seguro, adelantándola vía correo electrónico y/o wassap.
  • El sistema a emplear para el envió de los informes de los Árbitros, de los descargos de los inculpados y protestas será preferentemente por fax; además de lo establecido por el Código de Penas y el Código de Procedimientos de la Confederación Argentina de Básquetbol.
  • Los Árbitros solamente podrán suspender un partido en los supuestos previstos y en un todo de acuerdo con las REGLAS OFICIALES DE BÁSQUETBOL de la F.I.B.A.
  • La protesta de un partido deberá efectuarse en tiempo y forma de conformidad con las disposiciones emanadas del Código de Procedimientos y demás reglamentaciones vigentes, acompañadas del Arancel correspondiente, dentro del próximo día hábil, no dándose curso a la misma sin el cumplimiento de este requisito.

CAPITULO IX: DE LOS SISTEMAS DE COMPETENCIA

  • Se nominan y describen los sistemas de disputa que podrán utilizarse:
    1. Sistema de Puntos. Los equipos compiten todos contra todos a una, dos o más ruedas, local y visitante en los números pares y neutrales en las ruedas impares. Se adjudican los puntos según el artículo 38° del presente.
    2. Sistema de Juegos Finales. Nomínese así a la competencia que se juega en octavos de finales, cuartos de finales y concluyen con semifinales y finales por simple eliminación o Play-Off. Los juegos finales se realizan a posterior de una etapa de clasificación y por medio de esta clasificación se obtiene una ventaja deportiva para las series finales, dándole a los mejores ubicados la posibilidad de la localía en el caso del partido de desempate. Para esta etapa los clubes deberán contar con piso deportivo (parqué) indefectiblemente.
    3. Sistema de Copa. Nomínese así a la competencia que se juega entre los primeros cuatro equipos del Torneo Provincial de Clubes a fin de definir a un Campeón; la misma se desarrolla en dos o tres jornadas, en una sola sede, la que se elije por Licitación de los clubes participantes, quienes deberán presentar en sobre cerrado la propuesta al efecto, en el día y horario que establezca la FEDERACION CHAQUEÑA DE BASQUETBOL al efecto, y quien a su vez tendrá la decisión final de elegir la sede según la propuesta más conveniente. Para esta etapa los clubes deberán contar con piso deportivo (parqué) indefectiblemente.
    4. Top 4 Finales. Se realizarán por licitaciones, en la sede del Club que mejor propuesta y/o condiciones ofrezca; en caso de no presentarse ningún Club oferente, la Federación Chaqueña procederá a sortear la sede entre los equipos participantes, debiendo el equipo adjudicado por este sistema hacerse cargo de los Aranceles de los Arbitros y Comisionado Técnico. Mientras que el resto de los equipos deberá hacerse cargo de los gastos de sus traslados hasta la sede adjudicada, alojamientos y comidas mientras dure la competencia. El Top 4 Final se jugará por el sistema de todos contra todos, por puntos, a una rueda, y los Clubes participantes no podrán modificar bajo ningún concepto la lista de 12 (doce) jugadores que actuaren en el juego inicial. Para esta etapa los clubes deberán contar con piso deportivo (parqué) indefectiblemente.
    5. De las localías. Tanto en el caso de las localías de la serie regular o clasificatoria como en los juegos finales, las localías son irrenunciables a favor del Club oponente.

CAPITULO X: GENERALIDADES

  • Los cambios de fecha de la disputa de los partidos pueden realizarlos las instituciones que hagan las veces de local, por acto unilateral, sin requerir la conformidad de su eventual oponente, notificando fehacientemente a este y a la FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL con (30) treinta días de anticipación. Se podrá modificar la fecha de disputa de los cotejos con acuerdo del club visitante; notificando ambos el acuerdo en forma fehaciente a la FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL, con (10) diez días de anticipación.
  • Solamente se aceptarán cambios de los horarios que ya fueron establecidos en las reuniones de sorteo de fixture, cuando estos se realicen por escrito con una anticipación no menor a 5 (cinco) días de la fecha de programación del partido al cual el cambio se refiere.
  • Los clubes deberán comunicar fehacientemente conjuntamente con la presentación de la Lista de Buena Fe, los días y hora de juegos en que actúe como local. La falta de esta información motivará que se les asigne de oficio el mismo día y hora que utilizó en la competencia anterior.
  • Los Clubes afiliados deberán solicitar, con por lo menos (7) siete días de anticipación, por nota oficial, autorización para participar y/u organizar partidos y/o torneos amistoso. El pedido deberá aclarar las características del torneo o partido a disputar.

CAPITULO XI: DE LAS PENALIDADES

  • El Club que debiendo actuar como local o visitante no se presentare a cumplir con un compromiso será sancionado con una multa de $ 5.000,00 (Pesos: Cinco Mil). Asimismo deberá abonar además los aranceles, gastos de traslado, de Árbitros y Comisionado Técnico y otros gastos que se ocasionen. Esta obligación deberá ser cancelada antes de su próximo encuentro y/o en el tiempo que disponga la Federación Chaqueña de Básquetbol. Además, el equipo en cuestión será dado de baja por el resto del certamen.
  • El club que hiciere abandono del Torneo una vez iniciado el mismo deberá abonar en favor de la FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL la suma de $ 5.000,00 (Pesos: Tres Mil). Además de las sanciones que pudieran correspóndele según el Código de Penas de la CABB.
  • El club que sin causa justificada no se presente a un partido de la serie Play-Off perderá la serie y quedará inhabilitado para el próximo torneo que organice la Federación Chaqueña.
  • Está prohibida la venta y/o ingreso al estadio de bebidas de cualquier tipo en envases de vidrio, debiendo hacerlo únicamente en envases de plástico tipo descartables.
  • Durante el desarrollo de los encuentros está prohibido el uso de elementos de percusión y de viento (bocinas de aire, cornetas, bombos, redoblantes, etc.), como así también la detonación de pirotecnia de estruendo.-
  • La inobservancia a cualquiera de las obligaciones establecidas en la presente reglamentación y/o que surjan de las resoluciones que dicte y comunique en cada oportunidad la autoridad respectiva harán pasibles al infractor de una multa de hasta $ 3.000,00 (Pesos: Tres Mil) que será determinada por el Consejo Directivo y/o el Tribunal de Disciplina de la FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL, sin perjuicio de otras sanciones previstas que correspondan.
  • Las instituciones que incurran en los hechos que se enuncian a continuación serán pasibles de las multas previstas en el artículo 49°:
    1. No disponga del personal mínimo imprescindible para el desarrollo del partido (Intendente de cancha, auxiliares de Mesa de Control y/o dirigentes responsables y/o que estos no cumplimenten en debido tiempo y forma sus obligaciones reglamentarias).
    2. Incumpla el pago de los aranceles y gastos de traslado de las autoridades del encuentro (Jueces y/o Comisionados Técnicos) en el tiempo y la forma previstos en el presente reglamento.
    3. No cumplir en tiempo y forma el pago de aranceles de la FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL y otros, cuotas de afiliación y/o toda deuda contraída con la FEDERACIÓN CHAQUEÑA DE BÁSQUETBOL.

CAPITULO XII: DE LOS ANEXOS

  • En cada temporada y cada categoría pasará a anexar este reglamento:
    1. Las futuras resoluciones o cambios.
    2. El Fixture de los Torneos.
    3. La forma de disputa.
    4. Todo lo relacionado con la competencia en cada categoría.
    5. Sistema arancelario.
  • Toda situación no prevista en el presente Reglamento será resuelta por el Consejo Directivo de la Federación Chaqueña de Básquetbol.

 

* El presente Reglamento ha sido modificado y aprobado el día 8 de Febrero de 2018.-

 

 

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